miércoles, 27 de febrero de 2013

El Ayuntamiento de Errenteria se adhiere a la Resolución 1815 del Consejo de Europa sobre contaminación electromagnética



Con los votos de Ezker Anitza-IU, Bildu, PSE, PNV y PP, el pleno del Ayto. de Errenteria aprobó  la siguiente moción:

1.- El Pleno de Ayuntamiento de Errenteria se adhiere a la Resolución 1815, de 27 de mayo de 2011, de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.

2.- El Pleno del Ayuntamiento de Errenteria se muestra favorable a aplicar en el municipio las recomendaciones recogidas en la citada resolución, respondiendo a la solicitud realizada por las Juntas Generales de Gipuzkoa, en Resolución 72/2012 de fecha 22 de junio de 2012

3.- El Pleno del Ayuntamiento de Errenteria insta al Gobierno del Estado Español a que recoja y aplique las recomendaciones de la Resolución 1815, en el desarrollo de la legislación de Telecomunicaciones

Esta fué la intervención del portavoz de Ezker Anitza-IU, José Manuel Ferradás:

"..En primer lugar mostrar la satisfacción de Ezker Anitza-IU de que esta moción venga avalada por los cinco grupos municipales que componemos actualmente la corporación municipal. Aval que esperamos se vea refrendado con su aprobación.

El punto de partida para abordar esta moción debe ser el reconocimiento de la existencia de la contaminación electromagnética. Entendiendo la contaminación como una la alteración nociva del estado natural de un medio como consecuencia de la introducción de un agente totalmente ajeno a ese medio (contaminante). Esto puede causar inestabilidad, desorden, daño o malestar en un ecosistema, en un medio físico o en un ser vivo

La contaminación electromagnética sería es la exposición continua a campos electromagnéticos que provienen principalmente de dos fuentes,

1.- las líneas de alta tensión y subestaciones eléctricas

2.- las antenas de telefonía móvil y sistemas de telecomunicación (Wifi , Wimax).

Las últimas décadas se ha dado un gran incremento de infraestructuras eléctricas y redes de telecomunicación, que se pueden convertir en un problema medio ambiental y de salud pública, por eso es importante que los marcos legislativos (a todos los niveles, estatal, autonómico y local) recojan un principio básico que es principio de precaución. Principio que queda descrito en la Resolución 1815 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, al cual espero nos adhiramos hoy esta corporación y que se debe aplicar cuando la evolución científica NO permita determinar el riesgo con suficiente certeza. Abordar la cuestión desde esta lógica es la condición para que no se vuelvan a repetir situaciones que hoy se manifiestan en toda su crudeza, y me estoy refiriendo concretamente a la situación generada por la utilización del amianto que se dió en un pasado reciente sin marco restrictivo alguno.

El debate científico esta sobre la mesa y no se puede negar. Existen numerosas conferencias internacionales que alertan sobre los posibles efectos y riegos en la salud pública (Declaraciones de Viena 1998, Salzburgo 2000, Roccaraso 2000, Alcalá de Henares 2002, Catania 2002, Friburgo 2002, Benevento 2006) Así como estudios estudios epidemiológicos y trabajos científicos europeos, como el programa REFLEX, que alertan sobre efectos negativos sobre los seres vivos, el medio ambiente y la salud humana.

El Ayuntamiento de Errenteria tenemos que ser sensibles ante la posible existencia de riesgo para quienes vivimos en nuestro pueblo. No podemos ir detrás de nuestros vecinos y vecinas en esta cuestión. Tenemos que contribuir, en la medida de nuestras posibilidades, a eliminar la inquietud y la incertidumbre que determinadas instalaciones de telecomunicaciones producen especialmente en algunos centros escolares.

Finalizar pidiendo que, caso de aprobarse la moción, todos seamos coherentes con lo aprobado y que de forma conjunta traslademos a la actual ordenanza Municipal Reguladora de las instalaciones radioeléctricas pertenecientes a las redes de telecomunicaciones las recomendaciones de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa